Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Programa de ayudas RENOVE a la rehabilitación de viviendas y edificios de viviendas existentes

Art. 62

En vigor desde 25 dic 2008
Cuando se trate de una vivienda unifamiliar aislada que precisara de obras de rehabilitación, la financiación será la que corresponda a la actuación predominante, según dispongan las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
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eli/es/rd/2008/12/12/2066#art-62

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