Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 20 mar 2025
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.24.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre las obras públicas de interés general.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2025/03/18/205#disposicion-final-primera