Art. 3

En vigor desde 12 ene 1996
La Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas tendrá tres categorías: Medalla de Oro, Medalla de Plata y Cruz Blanca. La concesión de una u otra de estas categorías estará en función de la valoración conjunta de las circunstancias concurrentes en las personas e instituciones a distinguir en relación con la importancia objetiva, repercusión o la eficaz consecución de sus acciones, ejemplaridad social y eficacia real de éstas respecto de los fines del Plan Nacional sobre Drogas. Cada condecoración llevará consigo el correspondiente Diploma. La concesión de la Medalla de Oro, de forma colectiva, a personas jurídicas, instituciones, servicios administrativos o grupos de funcionarios o particulares, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es/rd/1995/12/22/2023#art-3

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