Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 3.ª Disposiciones comunes de las actuaciones de control

Art. 95

En vigor desde 31 ene 2021
Cuando las actuaciones de control de la actividad se efectúen en el domicilio social, sucursales, delegaciones, oficinas, locales, o en cualquier otro lugar donde se desarrolle la actividad del auditor de cuentas sometido a actuaciones de control o se encuentre la documentación requerida, o en su caso de las personas o entidades a las que se refiere el artículo 48.1 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, estas pondrán a disposición del personal designado para ejecutarlas el espacio físico y los medios auxiliares necesarios para facilitar la realización de las citadas actuaciones.
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eli/es/rd/2021/01/12/2#art-95

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