Art. 20
En vigor desde 28 ene 2020
1. Corresponde al Ministerio de Igualdad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de igualdad y de las políticas dirigidas a hacer real y efectiva la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de toda forma de discriminación.
2. Este Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género.
Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.4 del Real Decreto 136/2020, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2020-1200#df
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2020/01/12/2#art-20