Capítulo CAPÍTULO III

Art. 17

En vigor desde 2 may 2020
Los actos sujetos a inscripción y los acuerdos dictados por el Registro Estatal de Asociaciones Profesionales de Personas Trabajadoras Autónomas estarán sujetos al procedimiento establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Se modifica la referencia al Registro por la disposición final 3.1 del Real Decreto 499/2020, de 28 de abril. Ref. BOE-A-2020-4765#df-3

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Pro

eli/es/rd/2009/02/23/197#art-17

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