Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 4 jun 2016
Se modifica el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de Educación Superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado, en los siguientes términos: Uno. Se suprime el apartado c) del punto 2 del artículo 3. Dos. El artículo 3.2.d) pasa a ser el artículo 3.2.c). Tres. El artículo 3.2.e) pasa a ser el artículo 3.2.d). Cuatro. Se añade en el artículo 3 un nuevo punto 3 con la siguiente redacción: «3. No serán objeto de homologación los títulos extranjeros que ya hayan sido homologados en España.»
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