Art. 1
En vigor desde 2 ago 2025
1. Se crea la Comisión Interministerial para la Juventud, configurándose como el órgano específico de programas en materia de juventud de la Administración General del Estado, con las funciones, composición y funcionamiento que se establece en el presente real decreto.
2. El órgano colegiado queda adscrito al Ministerio de Juventud e Infancia.
Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.1 del Real Decreto 608/2025, de 8 de julio. Ref. BOE-A-2025-15940#df
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/11/21/1923#art-1