Art. Preambulo

En vigor desde 21 sept 2004
Atendiendo al contenido de la proposición no de ley aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados el 1 de junio de 2004, el Consejo de Ministros acordó, con fecha 23 de julio, constituir una comisión interministerial encargada de estudiar la situación de los que, como consecuencia de su compromiso democrático, padecieron actuaciones represivas durante la guerra civil y el franquismo, y hasta la restauración de las libertades democráticas, así como de proponer las medidas, legales o de otro tipo, que resulten necesarias para ofrecerles adecuado reconocimiento y satisfacción moral. El acuerdo encomendó a la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia la elaboración, y elevación al Consejo de Ministros, del instrumento jurídico oportuno para la creación de la comisión, que estará integrada por los representantes ministeriales que determine dicho instrumento. En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de septiembre de 2004, D I S P O N G O :
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