Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 1.ª Patrimonio y contratación

Art. 41

En vigor desde 15 feb 2008
Pertenecen al patrimonio de la Agencia para el cumplimiento de sus funciones: a) Los bienes muebles actualmente adscritos a los servicios de la Dirección General de Aviación Civil que se integren en la Agencia. b) La totalidad de los bienes actualmente adscritos a las oficinas de seguridad en vuelo. c) Las aeronaves que sean propiedad de la Dirección General de Aviación Civil.
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eli/es/rd/2008/02/08/184#art-41

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