Capítulo CAPÍTULO V
Art. 32
En vigor desde 15 feb 2008
El personal de la Agencia estará sujeto al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y sus posteriores modificaciones y adaptaciones.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/02/08/184#art-32