Libro REGLAMENTO SOBRE INSTALACIONES NUCLEARES Y RADIACTIVASTítulo TITULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 1 ene 2000
Los procedimientos incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, iniciados con anterioridad a su entrada en vigor, habrán de ajustar a éste los trámites que hayan de realizarse a partir de la misma.
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eli/es/rd/1999/12/03/1836#disposicion-transitoria-segunda

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