Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Sistemas de pago alternativos

Art. 67

En vigor desde 1 ene 2000
Previo contrato con el remitente, los envíos circularán con una identificación de este medio de pago, procediéndose al pago del servicio correspondiente en el momento, lugar y condiciones que establezca el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal. En función de sus peculiaridades, este sistema podrá admitir distintas modalidades de pago, tales como el franqueo pagado, concertado y otras que se determinen por dicho operador.
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eli/es/rd/1999/12/03/1829#art-67

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