Art. Preambulo

En vigor desde 13 feb 2004
La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, crea la Comisión de Recursos Humanos, a la que se atribuye el desarrollo de las actividades generales de planificación, diseño de programas de formación y modernización de los recursos humanos del Sistema Nacional de Salud y definición de los criterios básicos de evaluación de las competencias de los profesionales sanitarios, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas. El artículo 35.3 de la citada ley establece que la Comisión de Recursos Humanos estará presidida por el Ministro de Sanidad y Consumo y que su composición se determinará reglamentariamente. Tal es el objetivo de este real decreto que, además, precisa sus funciones conforme a lo previsto en la ley y prevé las comisiones técnicas y grupos de trabajo que podrán depender de ella. En la elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Sanidad y Consumo, con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 2004, D I S P O N G O :
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