Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª Servicios de apoyo al estudiantado
Art. 249
En vigor desde 13 mar 2026
1. La UNED contará con una unidad de atención al estudiantado con discapacidad, integrada por personal técnico cualificado formado en atención a la discapacidad, cuyo objetivo principal es garantizar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la equidad para el estudiantado con discapacidad y necesidades específicas de apoyo educativo de la Universidad, así como contribuir a suprimir las barreras para el acceso, la participación y el aprendizaje de todas las personas con discapacidad y necesidades específicas de apoyo educativo que integran la comunidad universitaria.
2. Dicha unidad prestará soporte y asesoramiento al personal docente e investigador y al personal técnico, de gestión y administración y servicios para la atención al estudiantado con discapacidad.
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Proeli/es/rd/2026/03/11/181#art-249