Capítulo CAPÍTULO III

Art. 14

En vigor desde 13 sept 2022
El Consejo de la Guardia Civil, según lo dispuesto en el artículo 54.4 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, analizará y valorará las propuestas efectuadas en virtud del principio de participación consagrado en el artículo 8. Se modifica por la disposición final 1.2 del Real Decreto 696/2022, de 23 de agosto. Ref. BOE-A-2022-14058#df

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Pro

eli/es/rd/2005/02/18/179#art-14

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