Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 3 sept 1981
Queda derogado el Decreto dos mil ochocientos treinta y ocho/mil novecientos setenta y uno, de catorce de octubre, y las Órdenes ministeriales de cinco de julio y veinticinco de agosto de mil novecientos cuarenta y uno, así como cuantas se hayan dictado en su desarrollo que se opongan a lo establecido en este Real Decreto.
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eli/es/rd/1981/08/03/1776#disposicion-final-cuarta

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