Art. 52

En vigor desde 30 mar 2013
Quedan derogados los artículos 5 y 6, los apartados 2 y 3 del artículo 7, los artículos 8 y 9, el apartado 1 del artículo 10, el primer párrafo del artículo 11 y el artículo 12 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y venta de las aceitunas de mesa aprobada por el Real Decreto 1230/2001, de 8 de noviembre.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2013/03/08/176#art-52

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil