Art. 34

En vigor desde 30 mar 2013
Quedan derogados los artículos 7 a 10, los apartados 1.4 y 2.10 del artículo 11, el artículo 12 y el 14, el apartado 1 del artículo 15, los artículos 16 y 17, los apartados 2 a 6 del artículo 18, los artículos 19 a 22, así como los artículos 24 a 28 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias aprobada por el Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre.
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eli/es/rd/2013/03/08/176#art-34

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