Art. 29

En vigor desde 30 mar 2013
Quedan derogados los artículos 4.º a 7.º, los apartados 1 y 4; 10 a 13 y 15 a 21 del artículo 8.º, el artículo 9.º, el apartado 1 del artículo 11, los apartados 2, 3, 4, 7 y 8 del artículo 12, los artículos 13 a 15 excepto el apartado 1 de este último, los artículos 16, 17 y 18, así como los artículos 20 a 24 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración y venta de jarabes aprobada por el Real Decreto 380/1984, de 25 de enero.
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eli/es/rd/2013/03/08/176#art-29

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