Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 20 feb 1998
El personal funcionario y laboral del Organismo autónomo Correos y Telégrafos quedará integrado en la nueva Entidad pública empresarial desde su constitución, conservando los derechos que tuviera en el momento de la integración.
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eli/es/rd/1998/02/16/176#disposicion-adicional-segunda

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