Art. 1

En vigor desde 7 feb 2004
Se designa al Secretario General de Comercio Exterior como la autoridad de coordinación a que se refiere el Reglamento (CE) n.º 1148/2001 de la Comisión, de 12 de junio de 2001, encargada de la coordinación y los contactos en lo relativo a los controles de conformidad con las normas de comercialización aplicables en el sector de las frutas y hortalizas frescas.
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eli/es/rd/2004/01/30/175#art-1

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