Art. Disposición final primera

En vigor desde 11 sept 2025
Se faculta a las personas titulares de los ministerios con competencias en Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y en Cultura para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto. Se modifica por el .10 del Real Decreto 796/2025, de 9 de septiembre. Ref. BOE-A-2025-17928 Se modifica por el art. único.7 del Real Decreto 1720/2012, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-307 .

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eli/es/rd/2011/11/18/1709#disposicion-final-primera

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