Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Disposiciones Generales
Art. 7
En vigor desde 1 ene 2012
Integran el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado los archivos, centros, servicios y, en su caso, sistemas archivísticos de los departamentos ministeriales, y de sus organismos públicos existentes y los que en el futuro puedan crearse reglamentariamente.
La Comisión de Archivos de la Administración General del Estado actuará como coordinadora del Sistema.
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Proeli/es/rd/2011/11/18/1708#art-7