Art. 11

En vigor desde 10 nov 1995
Son funciones del Consejo: a) Proponer el nombramiento del Director, previa selección por concurso público de méritos. b) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro, tramitarlo para su autorización por la Dirección Provincial y controlar su ejecución. c) Elaborar y aprobar el proyecto del Reglamento de régimen interior del centro y elevarlo para su autorización a la Dirección General de Renovación Pedagógica. d) Contribuir a la detección de las necesidades formativas del profesorado de la zona. e) Aprobar el proyecto del plan de actuación anual del centro teniendo en cuenta las directrices del Ministerio de Educación y Ciencia. f) Aprobar la memoria anual de actividades del centro. g) Informar sobre la propuesta de nombramiento del Secretario del centro de profesores y de recursos. h) Supervisar la actividad general del centro en los aspectos administrativos y académicos. i) Cuantas otras le atribuya el Reglamento de régimen interior del centro.
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eli/es/rd/1995/10/20/1693#art-11

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