Título REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 19/1988, DE 12 DE JULIO, DE AUDITORlA DE CUENTASCapítulo CAPITULO II

Art. 13

En vigor desde 26 dic 1990
1. Las normas técnicas de audito­ría de cuentas constituyen los principios y requisitos que debe observar necesariamente el auditor de cuentas en el desempeño de su función y sobre las que deben basarse las actuaciones necesarias para expresar una opinión técnica responsable. 2. Las normas técnicas de auditoría de cuentas versarán sobre las siguientes cuestiones: a) Normas técnicas de carácter general. b) Normas técnicas sobre la ejecución del trabajo. c) Normas técnicas sobre informes. 3. En todo caso, y para lo no establecido en las normas técnicas publicadas, tendrán la consideración de éstas los usos o prácticas habituales de los auditores de cuentas, entendidos como los actos reiterados constantes y generalizados observados por aquéllos en el desarrollo de su actividad.
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eli/es/rd/1990/12/20/1636#art-13

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