Art. Disposición final primera
En vigor desde 26 nov 2011
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1, reglas 16.ª y 23.ª de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad, y legislación básica sobre protección del medio ambiente, respectivamente.
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Proeli/es/rd/2011/11/14/1632#disposicion-final-primera