Art. 1
En vigor desde 5 ene 2007
1. La Educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años.
2. Esta etapa se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad.
3. La Educación infantil tiene carácter voluntario. El segundo ciclo de esta etapa educativa será gratuito.
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Proeli/es/rd/2006/12/29/1630#art-1