Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 18

En vigor desde 24 mar 2010
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo. Ref. BOE-A-2010-4765 Se modifica el apartado 2 por la disposición final 3.2 del Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto. Ref. BOE-A-2007-15766

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1997/10/24/1627#art-18

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil