Art. Disposición adicional única
En vigor desde 7 ene 2012
Los términos mencionados en este real decreto y en el reglamento que aprueba tienen el significado que se les asigna en el artículo 2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
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Proeli/es/rd/2011/11/14/1624#disposicion-adicional-unica