Art. Disposición final primera
En vigor desde 17 nov 2011
Se habilita al Ministro de Educación para modificar, corregir o actualizar, cuando ello sea preciso, los Anexos del presente real decreto, oída la autoridad competente de la Iglesia Católica en España.
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Proeli/es/rd/2011/11/14/1619#disposicion-final-primera