Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final primera

En vigor desde 16 nov 2011
Se habilita al titular del Ministerio de Economía y Hacienda para la modificación del anexo I a este real decreto a través de orden ministerial.
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eli/es/rd/2011/11/14/1614#disposicion-final-primera

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