Art. Disposición transitoria décima

En vigor desde 24 dic 2024
Hasta que no se aprueben las relaciones de puestos de trabajo de cada centro de destino, las referencias del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia a los grupos de puestos de trabajo se entenderán referidas a las categorías de puestos de trabajo actuales del ámbito de tales centros de destino. Se modifica por el .1 del Real Decreto 1280/2024, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-26773

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eli/es/rd/2005/12/30/1608#disposicion-transitoria-decima

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