Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 21 ene 2006
Queda derogado el Real Decreto 429/1988, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto. No obstante lo anterior, se mantendrán en vigor los artículos 29 y 31 del Real Decreto 429/1988, de 29 de abril, hasta tanto se aprueben definitivamente por el Ministerio de Justicia todas las relaciones de puestos de trabajo y se hayan realizado íntegramente los procesos de acoplamiento de las distintas unidades que conforman la estructura de las Oficinas judiciales, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial
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eli/es/rd/2005/12/30/1608#disposicion-derogatoria-unica

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