Art. 2

En vigor desde 13 feb 2026
El CAPECC es un órgano colegiado de naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y en el presente real decreto. Se adscribe al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa a través de la Secretaría de Estado de Comercio. Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 89/2026, de 11 de febrero. Ref. BOE-A-2026-3214

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eli/es/rd/2021/03/16/158#art-2

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