Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 10 oct 2019
Se reconoce el derecho de las personas con trastornos diabéticos o epilépticos al acceso a las instalaciones y medios de transporte acompañadas de un perro de apoyo, en los términos contemplados para los perros de asistencia de las personas con discapacidad en este Real Decreto. Se añade por el art. único.2 del Real Decreto 537/2019, de 20 de septiembre. Ref. BOE-A-2019-14423

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/11/23/1544#disposicion-adicional-sexta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil