Art. Disposición final tercera

En vigor desde 12 ago 1994
En todo lo no previsto en el presente Real Decreto, será de aplicación, con carácter supletorio, el Reglamento de la Circulación Aérea, aprobado por el Real Decreto 73/1992.
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eli/es/rd/1994/07/01/1489#disposicion-final-tercera

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