Art. Disposición final primera

En vigor desde 1 jul 2004
El Real Decreto 3448/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece la normativa básica de las ayudas estructurales en el sector pesquero, se modifica en los siguientes términos: Uno. Se añade al artículo 37.2 un párrafo d) con el siguiente texto: «d) Los costes derivados de la realización del nuevo arqueo de los buques de servicio de las instalaciones de acuicultura.» Dos. Se da nueva redacción al apartado 2 del artículo 50: «2. A los efectos de lo dispuesto en este real decreto, se entenderá por transformación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura el conjunto de operaciones de la cadena de manipulación, tratamiento, elaboración, producción y distribución desde el momento de desembarque o recogida hasta la fase del producto final.» Tres. Se da una nueva redacción al artículo 56: «Artículo 56. Órgano competente. 1. Las solicitudes de ayudas serán tramitadas y resueltas por el órgano competente de la comunidad autónoma en la que se encuentre el domicilio o sede social del promotor, para aquellos supuestos en que el desarrollo de las acciones y/o proyectos a que se refiere el artículo anterior se realicen en el ámbito geográfico de dicha comunidad autónoma. 2. Cuando la misma iniciativa se promueva por varios interesados radicados en más de una comunidad autónoma, las solicitudes de ayudas serán tramitadas y resueltas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. 3. Cuando las acciones o proyectos se realicen en el ámbito geográfico de más de una comunidad autónoma, las solicitudes de ayudas serán tramitadas y resueltas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.» Cuatro. Se añade un nuevo artículo 57 bis, con la siguiente redacción: «Artículo 57 bis. Tramitación de solicitudes. 1. En las organizaciones de productores de ámbito provincial o autonómico, las solicitudes de ayudas serán tramitadas y resueltas por el órgano competente de la comunidad autónoma. 2. En los demás casos, las solicitudes de ayudas serán tramitadas y resueltas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.»
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