Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 79

En vigor desde 3 mar 1996
Antes de comenzar la faena de la muleta a su primera res, el espada deberá solicitar, montera en mano, la venia del Presidente. Asimismo, deberá saludarle una vez haya dado muerte a la última res que le corresponda en turno normal.
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eli/es/rd/1996/02/02/145#art-79

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