Art. Disposición final
En vigor desde 1 ene 1986
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto, que entrará en vigor el día 1 de enero de 1986, y, específicamente, el Real Decreto 2033/1981, de 4 de septiembre, y el Real Decreto 1195/1982, de 14 de mayo.
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Proeli/es/rd/1985/08/01/1438#disposicion-final