Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO PRIMERO

Art. 17

En vigor desde 17 dic 2006
La incorporación a un Colegio de Graduados Sociales requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Ser mayor de edad y no estar incurso en causa que impida el ejercicio profesional. b) Estar en posesión del título de Graduado Social, Graduado Social Diplomado o Diplomado en Relaciones Laborales o del título extranjero homologado o reconocido en España como uno de los anteriores. c) Carecer de antecedentes penales que le inhabiliten para el ejercicio de la profesión. d) Satisfacer la cuota de ingreso y demás aportaciones que tenga establecida el Colegio por acuerdo de la Junta o Asamblea General.
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eli/es/rd/2006/12/01/1415#art-17

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