Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 29 ene 2020
Las actuales adscripciones y dependencias de los organismos y entidades de derecho público continuarán en vigor con las modificaciones que se deriven de las previsiones contenidas en este real decreto, en el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales y en el Real Decreto 10/2020, de 14 de enero, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales.
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eli/es/rd/2020/01/28/139#disposicion-adicional-primera

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