Art. 10

En vigor desde 7 mar 2020
1. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se estructura en los siguientes órganos directivos: A) La Secretaría General de Agricultura y Alimentación, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios. 2.º La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria. 3.º La Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria. 4.º La Dirección General de la Industria Alimentaria. B) La Secretaría General de Pesca, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Dirección General de Pesca Sostenible. 2.º La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura. C) La Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la que dependen los siguientes órganos directivos: 1.º La Secretaría General Técnica. 2.º La Dirección General de Servicios e Inspección. 2. Quedan suprimidas la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal, la Dirección General de Recursos Pesqueros y la Dirección General de Servicios. Se modifican los apartados 1 B).1.º, 1 C).2.º y 2 por la disposición final 1 del Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo. Ref. BOE-A-2020-3228#df

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eli/es/rd/2020/01/28/139#art-10

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