Art. 13

En vigor desde 14 feb 2020
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden, que pudieran concurrir.
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eli/es/rd/2020/01/28/138#art-13

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