Art. 6
En vigor desde 4 nov 2010
1. El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
a) La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras, de la que depende la Secretaría General de Infraestructuras, con rango de Subsecretaría, de la que dependen, a su vez, los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Carreteras.
2.º La Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias.
b) La Secretaría de Estado de Transportes, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Aviación Civil.
2.º La Secretaría General de Transportes, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
Uno. La Dirección General de Transporte Terrestre.
Dos. La Dirección General de la Marina Mercante.
c) La Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas, a la que corresponden las competencias de la Administración General del Estado en materia de acceso a la vivienda, edificación, urbanismo, suelo y arquitectura. De esta Secretaría de Estado depende la Secretaría General de Vivienda, con rango de Subsecretaría, y de ésta a su vez los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda.
2.º La Dirección General de Suelo y Políticas Urbanas.
d) La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Relaciones Institucionales.
2.º La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
e) La Subsecretaría de Fomento, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General de Programación Económica y Presupuestos.
3.º La Inspección General de Fomento
2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos, la Subsecretaría de Vivienda y la Secretaría General Técnica de ella dependiente, que pasan a integrarse, respectivamente, en la Subsecretaría y en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Fomento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2010/10/29/1366#art-6