Art. 10
En vigor desde 4 nov 2010
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
a) La Secretaría de Estado de Cambio Climático, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Oficina Española del Cambio Climático, con rango de Dirección General.
2.º La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
3.º La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal.
4.º La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar
b) La Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Medio Rural, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
Uno. La Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos.
Dos. La Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural.
Tres. La Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios.
2.º La Dirección General del Agua.
c) La Subsecretaría de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General de Servicios.
d) La Secretaría General del Mar, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Ordenación Pesquera.
2.º La Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura.
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Proeli/es/rd/2010/10/29/1366#art-10