Capítulo CAPÍTULO IX›Secc. Sección 2.ª Adecuación de la gestión de la prestación farmacéutica del sistema nacional de salud al marco normativo de la verificación y autenticación de medicamentos
Art. Disposición final primera
En vigor desde 8 nov 2007
Este real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.16 de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de legislación sobre productos farmacéuticos.
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Proeli/es/rd/2007/10/11/1345#disposicion-final-primera