Capítulo CAPÍTULO V
Art. 18
En vigor desde 13 jun 2026
1. El régimen presupuestario, económico-financiero y de contabilidad, de intervención y de control financiero del Centro Español de Metrología será el establecido para los organismos autónomos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y demás disposiciones vigentes en la materia.
2. Sin perjuicio de las competencias de fiscalización atribuidas al Tribunal de Cuentas, el control interno de la gestión económico-financiera del Organismo corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado, y se realizará en las condiciones y en los términos establecidos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, por la Intervención Delegada en el Organismo, bajo la dependencia orgánica y funcional de la Intervención General de la Administración del Estado.
Se modifica por el .9 Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2026-12711#as-2
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2007/10/11/1342#art-18