Libro REGLAMENTO DE FUNDACIONES DE COMPETENCIA ESTATALCapítulo CAPÍTULO III

Art. 8

En vigor desde 23 nov 2005
Las disposiciones recogidas en este capítulo se aplicarán en defecto de la regulación contenida en los estatutos, de acuerdo con la ley.
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eli/es/rd/2005/11/11/1337#art-8

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