Libro REGLAMENTO DE FUNDACIONES DE COMPETENCIA ESTATAL›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 8
En vigor desde 23 nov 2005
Las disposiciones recogidas en este capítulo se aplicarán en defecto de la regulación contenida en los estatutos, de acuerdo con la ley.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2005/11/11/1337#art-8