Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo
Art. 12
En vigor desde 23 nov 2005
La cuantía de la asignación económica por cada hijo o menor acogido a cargo, vigente en cada momento, es la fijada en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social o en las normas que lo modifiquen.
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Proeli/es/rd/2005/11/11/1335#art-12